domingo, 16 de noviembre de 2008

CONTESTACIONES A PREGUNTAS

PUBLICACION.
En caso de enfermedad de un hijo, y cuando trabajen ambos cónyuge, tendrán derecho hasta 3 días de permiso no retribuido, pudiendo optar al mismo uno solo de ellos. La edad del hijo tendrá que ser menor de 8 años.

PREGUNTA.
Anónimo dijo...
¿Me podéis indicar si estos tres días son por el Convenio de Valencia o son aplicables también a las oficinas de Madrid y Córdoba?

CONTESTACIÓN.
Actualmente en el convenio de Valencia si lo contempla, en los otros lo mirare para asegurarme ya que no los conozco, pero independiente de que lo contemple, te puedo decir que siempre que la empresa este de acuerdo con el trabajador, te puede conceder permisos no retribuidos.
De todas formas me informe sobres los convenios de Madrid y Córdoba, así te podre informar mas concretamente. Gracias por tu colaboración.

No hay comentarios: